Laboral

Permisos laborales para votar en las elecciones europeas

El próximo domingo 9 de junio se celebran las elecciones europeas y todos los trabajadores tienen una serie de permisos que garantizan su derecho a votar.

Si tu jornada laboral coincide con el horario de apertura de los colegios electorales, que será de 09.00 a 20.00, debes saber que tienes derecho a votar durante tu turno de trabajo. El tiempo del permiso para votar en las elecciones europeas dependerá de cuántas horas coincida tu horario laboral con las horas disponibles.

Estos permisos, que son retribuidos, pueden variar según la Comunidad Autónoma. Es aconsejable que consultes los del lugar en el que trabajas, pero de forma general son:

  • Máximo cuatro horas de permiso si la coincidencia de tu jornada laboral y el horario de apertura de los colegios es de más de seis horas.
  • Un permiso de tres horas si es entre cuatro y seis horas
  • Dos horas de permiso si coincide de dos a cuatro horas.
  • Si la coincidencia entre ambos horarios es menor de dos horas no existe ningún permiso.

La empresa no puede negarte estos permisos pero sí será la encargada de decidir en qué período de tu jornada lo disfrutarás.

Justificante

No olvides solicitar el justificante de haber votado a la Mesa Electoral en la que ejerzas tu derecho al voto. Posteriormente deberás presentarlo en tu unidad.

Jornada a tiempo parcial

El tiempo de los permisos para ir a votar se reduce en proporción a la jornada laboral en el caso de las personas trabajadoras a tiempo parcial.

Otros permisos

Además de le permiso para poder ir a votar, en el caso de que seas miembro de una mesa electoral, suplente, interventor o apoderado de algún partido político también tienes derecho a otra serie de permisos.

Miembro de la mesa, interventor o interventora

Cuentas con un permiso retribuido de jornada completa y a una reducción de jornada de 5 horas el 10 de junio.

En el caso de que una de estas personas trabajase en turno de noche en el día anterior al día de la votación, tendrá derecho a un cambio de turno para que pueda descansar esa noche.

Apoderado o apoderada

Si el día 9 coincide con un día laborable para ti, tienes un día de permiso retribuido pero no hay compensación horaria al día siguiente.

Suplentes

Contarás con el tiempo indispensable para acudir a la constitución de la mesa y deberás presentar el documento que acredite tu situación como justificante.