Laboral

Reconocimientos de los niveles de carrera profesional solicitados y reconocidos administrativamente durante el año 2023 (SES)

El DOE del 28 de mayo de 2024 publica la resolución de la Dirección Gerencia, por la que se aprueban los reconocimientos de los distintos niveles de carrera profesional solicitados y reconocidos administrativamente durante el año 2023, del personal Licenciado y Diplomado sanitario en el Servicio Extremeño de Salud

La Resolución de 21 de mayo de 2024, de la Dirección Gerencia, aprueba, a propuesta de la Comisión de Evaluación de la Carrera Profesional del SES, los reconocimientos de los distintos niveles de carrera profesional solicitados y reconocidos administrativamente durante el año 2023, del personal Licenciado y Diplomado sanitario en el Servicio Extremeño de Salud.

Se reconocen los distintos niveles de carrera profesional al personal Licenciado y Diplomado sanitario en el Servicio Extremeño de Salud que se detallan en el anexo I de la  resolución, con los efectos administrativos que en el mismo se establece.

Los efectos económicos derivados de los reconocimientos del niveles de Carrera Profesional correspondientes al año 2023 son los definidos en la octava cláusula del Acuerdo de la Comisión Paritaria de Seguimiento e Interpretación del Acuerdo sobre Carrera y Desarrollo Profesional en el Servicio Extremeño de Salud de 24 de octubre de 2005, por tanto, se despliegan a partir del 1 de enero de 2024 y se abonan con carácter retroactivo desde esa fecha. (Según el SES, estas personas que tienen aprobado algún nivel comenzarán a cobrarlo en la nómina de junio, si no hay ningún cambio).

Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante esta Dirección Gerencia en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación, ante el órgano jurisdiccional competente de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Para más información consulta con tu delegado sindical o con la página del DOE.