Empleo

Segundo requerimiento de documentación de la OPE de Estabilización de Enfermero/a Especialista en Salud Mental (SES)

La página del Portal del SES publica el segundo requerimiento de la documentación acreditativa de los méritos alegados en el proceso selectivo excepcional de estabilización por el sistema de concurso para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a Especialista en Salud Mental (SES).

Se requiere la documentación acreditativa de los méritos autobaremados en la Resolución de 16 de junio de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales, por la que se publica la puntuación total resultante del autobaremo de méritos de los aspirantes admitidos en la citada categoría de Enfermero/a Especialista en Salud Mental, y en concreto a los aspirantes que se indica a continuación, para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, presenten de forma telemática a través del portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud
, la documentación que acredite los méritos alegados y autobaremados.

Dicha documentación digitalizada deberá presentarse a través del portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud siguiendo las instrucciones que figuran a partir de la página 17 del manual de usuario de estabilización que está accesible en la sección “ayuda” del Portal del candidato.

El documento o formulario generado, firmado digitalmente y registrado electrónicamente servirá a todos los efectos como justificante de la presentación de los méritos en tiempo. Si el registro electrónico se ha realizado la aplicación le devolverá fecha, hora y número de registro, en caso contrario se entenderá por desistido al no presentar la documentación registrada en plazo. No deberá en ningún caso presentarse la documentación acreditativa de los méritos en papel, siendo exclusivamente válidas las gestionadas telemáticamente en soporte digital y registradas electrónicamente a través del portal de selección.

La aspirante declara responsablemente la veracidad y exactitud de los documentos presentados, sin perjuicio de la facultad de la Administración o del Tribunal de Selección de revisión y comprobación para su constatación. No será necesaria la acreditación de los servicios prestados en Centros o Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud ni la acreditación de la superación de los procesos selectivos convocados por el mismo, aportándose de oficio por la Administración.El Tribunal podrá solicitar a la interesada cualquier tipo de aclaración o subsanación sobre la documentación presentada, dándole un plazo de diez días hábiles a través del Portal de selección para que el candidato presente la subsanación o aclaración requerida mediante el documento o formulario generado, firmado digitalmente y registrado electrónicamente a través de la aplicación. Si no fuera atendido el requerimiento, no se valorará el mérito correspondiente. Asimismo, el Tribunal se reserva el derecho a comprobar con los órganos que expidan las certificaciones la veracidad del contenido de las mismas cuando a juicio de dicho Tribunal se considere necesario.