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Reducción de zonas de las listas de espera de los procesos de estabilización de personal laboral de Extremadura (Concurso - Oposición)
03.04.25 | Extremadura

La Resolución de 26 de marzo de 2025, de la Dirección General de Función Pública, y de conformidad con el apartado 2.4 del Acuerdo para el desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de Administración General de la Junta de Extremadura negociado en Mesa Sectorial de Administración General y Comisión Negociadora para el personal laboral de 30 de junio de 2022 se constituirá para el personal laboral (ATS-DUE y fisioterapeutas) una lista de espera específica derivada del procedimiento por concurso-oposición.
Formarán parte de dichas listas de espera, las personas aspirantes que superen el ejercicio de la fase de oposición y, en el caso, de aquellas especialidades en las que se exija la realización de una prueba de aptitud física, además, sean declarados “apto”, ordenadas exclusivamente por la puntuación obtenida en la fase de oposición.
En aplicación de lo previsto en el artículo 29.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Extremadura aprobado por el Decreto 201/1995, se entenderá que las personas integrantes de las citadas listas de espera figurarán en todas las zonas, salvo que soliciten la reducción de las mismas, de conformidad con lo previsto en la presente resolución.
El procedimiento para que las personas integrantes de las listas de espera resultantes de los procesos selectivos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el procedimiento de concurso-oposición soliciten la reducción de zonas será el siguiente:
1. Participantes en el procedimiento para la solicitud de reducción de zonas.
Únicamente deberán presentar la correspondiente solicitud de reducción de zonas las personas integrantes de la lista de espera que no quieran formar parte de todas las zonas, indicando la zona o zonas en la que no desean figurar para el supuesto de que no superen el proceso selectivo.
Las personas integrantes de la lista de espera que deseen figurar en todas las zonas no tienen que presentar la solicitud de reducción de zonas.
2. Solicitudes para la renuncia a zona/s. (para descargar la solicitud de renuncia de zona, accede al "Portal del Candidato" mediante la página web de la Junta de Extremadura)
2.1. Plazo de presentación de solicitudes para la renuncia a zona/s.
Las personas aspirantes deberán presentar la solicitud para la renuncia a zonas en el plazo de diez días hábiles (hasta el 14 de abril de 2025) a contar desde la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente resolución.
2.2. Procedimiento para la presentación de la solicitud de reducción de zona/s.
Se presentará una solicitud de renuncia a zona o zonas por cada una de las listas de espera resultantes de los procesos de estabilización, por el procedimiento de concurso-oposición de las que vaya a formar parte por haber superado el ejercicio de la fase de oposición.
— No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido cumplimentada y generada a través de la aplicación informática puesta a disposición en la ruta especificada en este apartado.
— La simple cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en uno de los registros oficiales que se indican a continuación, ni de hacerlo en el plazo.
— La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá que se entienda que la persona aspirante formará parte de todas las zonas.
Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en caso de que fuera posible, facilitarán a las personas aspirantes el acceso a medios telemáticos para la cumplimentación de las solicitudes.
Para presentar la solicitud de renuncia de zona o zonas en las listas de espera resultantes de la estabilización deberán realizarse los siguientes pasos:
1º. Descarga de la solicitud de renuncia a zona.
2º. Cumplimientación de la solicitud de renuncia a zona.
3º. Registro de la solicitud de renuncia a zona.
Finalizado el plazo establecido en la presente resolución, no se tendrá en cuenta ninguna solicitud para la modificación de zonas de las listas de espera resultantes de la estabilización hasta la publicación de la correspondiente resolución por la que se constituyen las distintas listas de espera, y siempre que las mismas consistan en reducción de número de zonas inicialmente cumplimentadas.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo previsto en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Plazo de presentación de renuncia
El plazo de presentación de solicitudes para la reducción de zonas de las listas de espera será de diez días hábiles (hasta el 14 de abril de 2025)